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Aventura IslesIndependent homeowner initiative

6 de octubre · Poder de representación limitado

Un poder para votar NO Reunión especial de propietarios · 6 de octubre

Con un poder limitado, autorice a otra persona a representar su vivienda y votar NO a las enmiendas propuestas en la reunión del 6 de octubre. Estas son las razones por las que recomendamos NO.

Una iniciativa independiente de propietarios. No es un sitio oficial de la Asociación.

Por qué votar NO

Hoy vs. lo propuesto

Hoy

Celebrar una reunión y cambiar los documentos que rigen la comunidad tienen requisitos distintos.

Para celebrar la reunión: al menos un tercio de las viviendas debe estar representado en persona o mediante un poder.

Para modificar los documentos: la Declaración actual exige la aprobación de la mayoría de los propietarios; los Estatutos actuales exigen la mayoría de todos los miembros, no solo de quienes estén representados en la reunión.

¿Por qué conservar esta protección? Un grupo más pequeño puede participar en una reunión, pero no puede modificar estos documentos sin el apoyo de la mayoría de la comunidad. Los cambios propuestos permitirían aprobar enmiendas con la mayoría del grupo representado en la reunión, salvo los casos que exijan una votación superior.

⅓de los lotes

Cambio propuesto

Paso 1

Reducir la participación mínima al 20%.

En una comunidad de aproximadamente 654 viviendas, bastaría con que 131 estuvieran representadas para que la reunión tuviera quórum.

Una vivienda puede estar representada por alguien que asista a la reunión o mediante un poder de representación (proxy).

Paso 2

La mayoría de ese grupo más pequeño podría cambiar los documentos que rigen la comunidad.

  1. 131viviendas representadas
  2. 66votos a favor
  3. 100%de las viviendas sujetas a la decisión

    Los cambios aprobados por 66 viviendas podrían aplicarse a las 654 viviendas.

66 viviendas podrían cambiar las reglas para las 654 viviendas.

Seguirían vigentes los requisitos específicos de votación superior y las protecciones legales.

Por qué recomendamos votar NO

Estas enmiendas permitirían aprobar futuros cambios a los documentos que rigen la comunidad con apenas 66 votos a favor en una reunión con la participación mínima.

Esos documentos establecen cómo funciona la Asociación y cómo se toman las decisiones de la comunidad. Modificarlos puede afectar a todos los propietarios.

Actualmente, estas enmiendas requieren el apoyo de la mayoría de los propietarios o de todos los miembros, según cada documento. Creemos que cambiar las reglas para todos debe seguir exigiendo ese respaldo más amplio.

Vote NO para mantener las protecciones actuales.

Este sitio independiente es operado por SAPSLAB SERVICES LLC. No es un sitio oficial de Aventura Isles Master Homeowners’ Association ni es operado por la Asociación o su empresa administradora.

¿Cómo funciona?

El quórum es la participación mínima necesaria para que una reunión de propietarios pueda tratar los asuntos de la Asociación. Cuenta los lotes representados en persona o por poder; no es la cantidad de votos a favor.

Un poder de representación, también llamado proxy, autoriza a otra persona a representar su vivienda en esa reunión. Un poder limitado le indica específicamente cómo debe votar.

En este ejemplo, el 20% de 654 es 130,8, por lo que deben estar representadas al menos 131 viviendas. La mayoría de 131 es 66. Esas 66 viviendas equivalen a aproximadamente el 10,1% de 654.

La regla general de los estatutos establece que una decisión aprobada por mayoría en una reunión con quórum obliga a todos los miembros y propietarios, salvo que la ley o los documentos de la Asociación exijan otra cosa. El ejemplo supone que hay 131 viviendas con derecho a voto representadas y votando; no se aplica a todos los tipos de decisiones.

Más detalles

¿Qué cambiarían los anexos A, B y C?

Anexo A

Cambios al documento principal que rige la comunidad

El cambio propuesto a la Declaración sustituye la aprobación por mayoría de propietarios por la aprobación de la mayoría de los lotes representados en una reunión con quórum. El texto conserva una excepción para las disposiciones que exigen porcentajes de voto más altos.

Texto exacto del documento (en inglés)

El texto tachado se elimina; el texto subrayado se añade. Se conserva el inglés original del documento.

Section 11.1 of the Declaration is hereby amended as follows:

11.1 This DECLARATION may be amended upon the approval of not less than a majority of the OWNERS LOTS represented at a meeting at which a quorum has been attained, except that if any provision of this DECLARATION requires more than a majority vote of the OWNERS such voting threshold to approve any action, such provision may not be amended to require a lesser vote, and may not be deleted, without the same number of votes required to approve such action. In addition, so long as DECLARANT has the right to appoint a majority of the directors of the Association as provided in the ARTICLES, this DECLARATION may be amended from time to time, by DECLARANT without the consent of the ASSOCIATION or any OWNER, and no amendment may be made by the OWNERS without the written joinder of DECLARANT. Such right of DECLARANT to amend this DECLARATION shall specifically include, but shall not be limited to, (i) amendments adding any property which will be developed in a similar manner as the SUBJECT PROPERTY, or deleting any property from the SUBJECT PROPERTY which will be developed differently than the SUBJECT PROPERTY (provided that any such amendments shall require the joinder of the owners of such property or any portion thereof if the owners are different than DECLARANT and further provided that DECLARANT shall not have the obligation to add any property or delete any property from the SUBJECT PROPERTY), and (ii) amendments required by INSTITUTIONAL LENDER or governmental authority in order to comply with the requirements of same. In order to be effective, any amendment to this DECLARATION must first be recorded in the public records of the county in which the SUBJECT PROPERTY is located, and, in the case of an amendment made by the OWNERS, such amendment shall contain a certification by the President and Secretary of the ASSOCIATION that the amendment was duly adopted.

Anexo B

Cambios al acta constitutiva de la Asociación

El cambio propuesto al acta constitutiva sustituye la aprobación por mayoría de todos los miembros por la aprobación de la mayoría de los lotes representados en una reunión con quórum.

Texto exacto del documento (en inglés)

El texto tachado se elimina; el texto subrayado se añade. Se conserva el inglés original del documento.

Section 11.3 of the Articles is hereby amended as follows:

11.3 At such meeting, a vote of the members entitled to vote thereon shall be taken on the proposed amendment. The proposed amendment shall be adopted upon receiving the affirmative vote of a majority of the votes of the entire membership of the ASSOCIATION LOTS represented at a meeting at which a quorum has been attained.

Anexo C

Menos participación y un grupo más pequeño para aprobar cambios

El cambio propuesto a los estatutos fija el quórum general en el 20% de los lotes. Además, sustituye la aprobación de cambios a los estatutos por mayoría de todos los miembros por la aprobación de la mayoría de los lotes representados en una reunión con quórum.

Texto exacto del documento (en inglés)

El texto tachado se elimina; el texto subrayado se añade. Se conserva el inglés original del documento.

Section 3.2 of the By-Laws is hereby amended as follows:

3.2 Majority Vote and Quorum Requirements. The acts approved by a majority of the votes present in person or by proxy at a meeting at which a quorum is present shall be binding upon all members and OWNERS for all purposes, except where otherwise provided by law, in the DECLARATION, in the ARTICLES, or in these BY-LAWS. Unless otherwise provided, at any regular or special meeting, the presence in person or by proxy of persons entitled to cast the votes of one-third twenty percent (20%) of the LOTS shall constitute a quorum.

Section 9.3.1 of the By-Laws is hereby amended as follows:

9.3.1 A resolution for the adoption of the proposed amendment shall be adopted by not less than a majority of the votes of the entire membership of the ASSOCIATION. These BY-LAWS may be amended upon the approval of at least a majority of the LOTS represented at a meeting at which a quorum has been attained.
Leer el texto oficial y los cambios marcados →